Reglamentos
BABY FUTBOL PARTE 1
BABY FUTBOL PARTE 2
BABY FUTBOL PARTE 1
CAPITULO 1º ORGANIZACIÓN DEL TORNEO
ARTICULO Nº1: ESTA LIGA ORGANIZARA UNO O MAS TORNEOS A LOS CUALES LES PONDRA NOMBRE EN CADA CASO Y LA PARTICIPACION DE LAS INSTITUCIONES INSCRIPTAS EN EL O LOS TORNEOS EN CUESTION SERA OBLIGATORIA.
ARTICULO Nº2: UNICAMENTE SERAN INVITADAS A PARTICIPAR DE LOS TORNEOS QUE ORGANICE LA LIGA, LAS ENTIDADES CUYOS ANTECEDENTES DENTRO DE LA LIGA EN TODOS LOS ASPECTOS (COMPORTAMIENTO Y ACTITUDES DE DIRECTIVOS, DELEGADOS, CUERPO TECNICO, JUGADORES Y PUBLICO) SE AJUSTE A CRITERIO DEL C.E. Y AL T.D. A LOS LINEAMIENTOS, PAUTAS DISCIPLINARIAS Y PRINCIPIOS DE BUENA FE, COMO ASI TAMBIEN LA RESPONSABILIDAD, ATENCION, DEDICACION Y PARTICIPACION ADECUADA DEL TORNEO, COSAS QUE DEBEN IMPERAR EN TODA MANIFESTACION DEPORTIVA AMATEURS E INFANTIL, COMO LA QUE NO OCUPA.
ARTICULO Nº3: LA PARTICIPACION SERA MEDIANTE PREVIA CARTA O NOTA, INFORMANDO A LA LIGA EL MOTIVO DE DICHA PARTICIPACION DEL TORNEO, LA SECRETARIA DE LA LIGA ENTREGARA A SU REPRESENTANTE TODA LA DOCUMENTACION NECESARIA PARA SER COMPLETADA Y PRESENTADA A TIEMPO Y FORMA, SIN EXCEPCION, EL NO CUMPLIMIENTO DE DICHOS PLAZOS PODRA ENTENDERSE COMO LA NO PARTICIPACION DE LA INSTITUCION INVITADA, QUEDANDO DESVINCULADA DEL O LOS TORNEOS. LAS INSTITUCIONES QUE FUERON ACEPTADAS A PARTICIPAR SEGÚN ESTE ARTÍCULO, DECLARAN CONOCER Y ACEPTAR EL ESTATUTO, REGLAMENTO GENERAL OFICIAL, OBLIGACIONES, SANCIONES Y PENAS, ASI MISMO LAS INSTITUCIONES RENUNCIAN A DIRIMIR CUALQUIER TIPO DE CUESTIONES RELATIVAS A PARTICIPACION Y RESOLUCIONES QUE SE ADOPTEN EN LOS TORNEOS ANTE LA JUSTICIA ORDINARIA, DEBIENDO REMITIRSE POR CUALQUIER CONTROVERSIA A LOS ESTRATOS INDICADOS EN ESTE ARTICULO.
ARTICULO Nº4: TODA ENTIDAD QUE HAYA PARTICIPADO EN UNO O MAS TORNEOS DE ESTA LIGA, Y NO FUERA INVITADA PARA EL O LOS TORNEOS DE LA TEMPORADA SIGUIENTE, AUTOMATICAMENTE QUEDARA DESVINCULADA DE LA LIGA, POR CONSIDERAR EL C.E. Y EL T.D. QUE DICHA INSTITUCION NO REUNE LAS CONDICIONES COMPRENDIDAS EN EL ARTICULO Nº2 DEL CAPITULO Nº1.
ARTICULO Nº5: ANTE LA POSIBILIDAD DE QUE CUALQUIER INSTITUCION COMPONENTE DE LA LIGA, QUE HUBIERE PARTICIPADO Y QUE, POR RAZONES EXTRAS DEPORTIVAS, TUVIERE UNA DESVINCULACION MAYORITARIA O TOTAL DE JUGADORES, CUERPO TECNICO O DELEGADOS, DICHA INSTITUCION DEBERA NOTIFICAR POR ESCRITO ESA NOVEDAD OCURRIDA A LA LIGA.
ARTICULO Nº6: ESTA LIGA ACEPTARA LA DESVINCULACION Y SU POSTERIOR INGRESO A UNA NUEVA INSTITUCION, CONSIDERANDOSE ESTA UNA NUEVA ENTIDAD.
ARTICULO Nº7: EN EL BOLETIN N:1 SE INFORMARA COMO SERA EL DESARROLLO DEL TORNEO. SI LA LIGA DECIDE CAMBIAR LA DEFINICION LO PODRA REALIZAR PREVIAMENTE COMUNICANDO A LAS INSTITUCIONES, DICHA MODIFICACION Y RESOLUCION, LOS CLUBES DEBERAN INFORMARSE DE LOS CAMBIOS.
ARTICULO Nº8: ESTA LIGA, ESTE AÑO NO ENTREGARA PREMIOS AL FINALIZAR EL TORNEO, CADA CLUB SE HARA CARGO DE LOS MISMOS.
ARTICULO Nº9: LOS TORNEOS QUE ORGANIZA LA LIGA SE DARAN A CONOCER EN EL PRIMER BOLETIN OFICIAL, COMO ASI TAMBIEN LA FORMA DE LOS DIFERENTES TORNEOS.
ARTICULO Nº10: LAS CATEGORIAS QUE PARTICIPAN SON OBLIGATORIAS EN LAS CUALES PARTICIPAN NIÑOS DE 6 A 13 AÑOS.
ARTICULO Nº11: LA LIGA EN EL PRIMER BOLETIN OFICIAL ESTABLECERA EL IMPORTE SUGERIDO QUE LAS INSTITUCIONES COBRARAN EN CONCEPTO DE ENTRADA. NO ABONARAN ENTRADA LOS MENORES DE 15 (QUINCE) AÑOS, LOS MIEMBROS DEL C.E Y T.D, LOS VEEDORES DE ESTA LIGA Y ARBITROS, LOS CLUBES TENDRAN 4 PASES LIBRES PARA DELEGADOS Y/O TECNICOS, QUE PRESENTEN LA CREDENCIAL CORRESPONDIENTE, EN EL CASO DE DELEGADOS, SUB DELEGADOS, QUEDARA A CRITERIO DE LA INSTITUCION LOCAL EL ABONO DE LA ENTRADA, RECORDANDO QUE LOS TORNEOS QUE LA LIGA ORGANIZA SON CARÁCTER DE IDA Y VUELTA, POR LO TANTO SE DEVOLVERA EL FAVOR A LA HORA DE DIPUTAR EL ENCUENTRO REVANCHA.
ARTICULO Nº12: LAS INSTITUCIONES QUE DISPUTEN LOS ENCUENTROS DE VISITANTES DEBERAN TENER UNA ASISTENCIA MINIMA DE 35 PERSONAS EN LAS JORNADAS PARA QUE LAS INSTITUCIONES QUE OFICIEN DE LOCAL PUEDAN CUBRIR LOS CONSUMOS MINIMOS QUE LA JORNADA DEMANDA, EN EL CASO QUE ALGUNA INSTITUCION NO ALCANCE EL MINIMO DE PARCIALIDADES, ESTA DEBERA CUBRIR A LA FINALIZACION DE LA JORNADA EL MONTO RESTANTE A LAS 35 ENTRADAS. ESTO SE RESUELVE EL MISMO DIA DE LA JORNADA ENTRE LOS CLUBES, ANTE EL FALTANTE DE ALGUNA ENTRADA EL CLUB LOCAL DEBERA REALIZAR UNA NOTA RECLAMANDO LAS ENTRADAS, FIRMANDO EL LOCAL Y EL VISITANTE,Y ENTREGANDOSELA AL ARBITRO EL CUAL LO ENTREGARA A LA LIGA. LA LIGA NO RESOLVERA NINGUN CONFLICTO ENTRE AMBOS CLUBES. EL NO CUMPLIR ESTARAN SUJETO A LA RESOLUCION DE TESORERIA.
ARTICULO Nº13: EL HORARIO Y EL ORDEN DE LOS PARTIDOS, SERAN DETERMINADOS POR EL C.E. DE LA LIGA AL COMIENZO DE CADA TORNEO, INFORMANDOLO POR BOLETINES OFICIALES. PUDIENDO MODIFICARLOS SI LO CONSIDERA NECESARIO ANTES O DURANTE EL DESARROLLO DEL MISMO, DEBIENDO EL C.E. COMUNICARLO CON ANTICIPACION A LA FECHA DEL CAMBIO CORRESPONDIENTE.
ARTICULO Nº14: LAS JORNADAS SE JUGARÁN DE ACUERDO A LOS DIFERENTES TORNEOS, LOS DIAS SABADOS O DOMINGOS, LOS FERIADOS NACIONALES PODRAN SER UTILIZADOS SI EL C.E. LO CONSIDERA NECESARIO.
ARTICULO Nº15: LOS TIEMPOS DE JUEGO SERAN INFORMADOS EN EL PRIMER BOLETIN OFICIAL DE CADA TORNEO ORGANIZADO POR LA LIGA, CON UN DESCANSO DE 5 MINUTOS Y EL TIEMPO DE ESPERA ENTRE UN PARTIDO Y OTRO SERA DE 5 MINUTOS, PARA EL INICIO HABRA UNA TOLERANCIA DE 15 (QUINCE) MINUTOS PARA AMBAS INSTITUCIONES. SI TOMAN LA TOLERANCIA, TODOS LOS PARTIDOS SE CORREN 15 MINUTOS. LOS PARTIDOS QUE SE JUEGAN DIAS HABILES DE LA SEMANA SERAN DE DOS TIEMPOS DE 15 MINUTOS CADA UNO. EN LA SEMANA EL RESTO DE LOS PARTIDOS DEBERAN JUGARSE EN LOS HORARIOS ESTIPULADOS POR ESTA LIGA. LOS JUECES Y EVENTUALMENTE UNO DE LOS EQUIPOS CONTENDIENTES VESTIDOS CON ROPA REGLAMENTARIA ESPERARAN DENTRO DEL CAMPO DE JUEGO, EXPIRADO ESE PLAZO EL ARBITRO FIRMARA CERRANDO LA PLANILLA DEL PARTIDO CON EL DELEGADO PRESENTE, NO EXISTIENDO CAUSA QUE JUSTIFIQUE LA NEGATIVA A HACERLO, DEJANDO CONSTANCIA QUE UNO DE LOS EQUIPOS ESTABA EN EL CAMPO DE JUEGO, DICHA PLANILLA SE CERRARA 2 A 0 A FAVOR DE ESTE CLUB PRESENTE.
ARTICULO Nº16: EN CASO DE LLUVIAS PARA EL TORNEO LOS DIAS SABADOS, LOS CLUBES SE TIENEN QUE COMUNICARSE ENTRE SI Y CON LA LIGA , LOS CLUBES LOCALES SON LOS RESPONSABLES DE ESTAR COMUNICADOS PARA BRINDAR INFORMACION DE LA CONDICION DE COMO SE ENCUENTRA SU CANCHA, ESTA COMUNICACION DEBER SER DE 1:30 HS DE ANTELACION AL INICIO DE LA JORNADA PARA SUSPENDER O NO EL PARTIDO,SI LA LIGA SUSPENDE LA JORNADA EN FORMA GENERAL POR LLUVIA Y/O TEMPORAL QUEDARA SUJETO A LO QUE LA MISMA RESUELVA. EN TODOS LOS CASOS SE LLAMARÁN ENTRE SI LAS PARTES, REPRESENTANTES, DELEGADO LOCAL Y VISITANTE Y AMBOS A ESTA SECRETARIA DE ORGANIZACIÓN.
ARTICULO Nº17: LOS PARTIDOS SUSPENDIDOS POR LLUVIA O POR FUERZA MAYOR, SE JUGARAN EL DIA MARTES POSTERIOR A LA SUSPENSIÓN A PARTIR DE LAS 18 HS, LAS CATEGORIAS PARES Y EL DIA MIERCOLES A PARTIR DE LAS 18 HS, LAS CATEGORIAS IMPARES, (DE MENOR A MAYOR). SE JUGARAN DOS TIEMPOS DE 15 MINUTOS. EL CLUB QUE NO TENGA UNA CANCHA ALTERNATIVA Y EN CASO DE NO PODER JUGAR EN ESA CONDICION DEBERA CEDER SU LOCALIA, EL CLUB QUE NO SE PRESENTE A JUGAR EL DIA DEL PARTIDO PROGRAMADO PERDERA AUTOMATICAMENTE LOS PUNTOS DE DICHA JORNADA TANTO EN LA TABLA GENERAL COMO ASI TAMBIEN EN LAS CATEGORIAS INDIVIDUALES, EL TD ESTARA A CARGO DE LA SANCION CORRESPONDIENTE Y SIENDO SU DECISION INAPELABLE.
ARTICULO Nº18: LA LIGA NO SE HARA RESPONSABLE DE NINGUN GASTO DE CUALQUIER INDOLE POR NO HABERSE JUGADO LA JORNADA.
ARTICULO Nº19: EL CAMBIO DE LOCALIA, CAMBIO DE DIRECCION DE CANCHA, ORDENES DE JUEGO DE CATEGORIAS Y CAMBIOS DE HORARIOS, DEBERAN SER NOTIFICADOS, DE MANERA OBLIGATORIA POR MEDIO DE MENSAJE AL GRUPO DE WATHSAPP, AL COORDINADOR DE ARBITRO, AL CLUB RIVAL ACEPTANDO LAS CONFIRMACIONES, HASTA LOS DIAS JUEVES A LAS 19HS. CASO CONTRARIO, EL TD ESTARA SUJETO A LAS SANCIONES CORRESPONDIENTES.
ARTICULO Nº20: EN NINGUN CASO SE HARA MODIFICACION ALGUNA DEL FIXTURE (LOCALIA, FECHAS, HORARIOS, NO PARTICIPACION, ETC.), POR CAUSAS QUE INVOLUCREN A JUGADORES, AUTORIDADES O INSTITUCIONES CON ACTIVIDADES AJENAS A LOS TORNEOS PROGRAMADOS POR LA LIGA. CUALQUIER POSIBILIDAD DE NO PARTICIPACION, EN CUALQUIERA DE ELLOS, PRODUCIRA SANCIONES.
ARTICULO Nº21: LOS PARTIDOS SE PODRAN JUGAR EN CANCHA DE MOSAICO, PARQUET, CEMENTO Y/O CESPED SINTETICO APTO PARA LA ACTIVIDAD DEL FUTBOL INFANTIL, ESTAS DEBEN TENER LAS SIGUIENTES MEDIDAS:
LARGO: MINIMO 20 MTS MAXIMO 40 MTS
ANCHO: MINIMO 15 MTS MAXIMO 25 MTS
LA LIGA SE RESERVA EL DERECHO DE AUTORIZAR VARIANTES ALTERNATIVAS.
ARCOS: 3 MTS DE LARGO Y 2 MTS DE ALTO CON UNA TOLERANCIA MAXIMA DE 5 CM EN AMBAS MEDIDAS INTERIORES, PROVISTOS DE SUS RESPECTIVAS REDES, Y AMURADOS AL PISO.
PUNTO DE PENAL: DEBERA ESTAR A 4,5 MTS DE LA LINEA DE GOL, DE NO ESTAR DICHA MARCA EL ARBITRO CONTARA CON SUS PASOS NORMALES EL LARGO DEL ARCO Y LE SUMARA DOS PASO MAS.
DEBERAN ESTAR MARCADAS LAS AREAS Y LA SUBAREA DEL ARQUERO. LAS REDES DE LOS ARCOS SERAN DE MATERIAL SINTETICO, HILADO O PLASTICO.
BARRERA DE TIRO DE ESQUINA DEBERA ESTAR MARCADA A LOS 2,50 MTS DEL BORDE DE LA CANCHA Y EL PUNTO DEL CORNER SE MARCARÁ CON UN CUARTO DE CIRCUNFERENCIA EN EL ANGULO DE LA CANCHA.
CADA CANCHA DEBERA CONTAR CON LOS BANCOS DE SUPLENTES CORRESPONDIENTES, UNO PARA CADA EQUIPO Y UNA MESA PREESTABLECIDA PARA REALIZAR LA PARTE ADMINISTRATIVA DE LA JORNADA.
ARTICULO Nº22: CUANDO POR CUALQUIER CAUSA A UN EQUIPO LE FUERAN RETIRADOS LOS PUNTOS EN JUEGO, SE CONSIDERARÁ A TODOS LOS EFECTOS PERDIDO POR 2(DOS) A 0 (CERO).
ARTICULO Nº23: TODOS LOS CLUBES QUE ESTEN DISPUTANDO CUALQUIER TORNEO ORGANIZADO POR LA LIGA, TAL ES LA COPA DE CAMPEONES, COPA CHALLENGER,COPA CUP, FINALES, ETC., ESTARAN SUJETO A TODAS LAS SANCIONES CORRESPONDIENTES DE ESTE REGLAMENTO, AFECTANDO EL TORNEO OFICIAL.
ARTICULO Nº 24 : CUALQUIER CIRCUNSTANCIA QUE ACONTEZCA DURANTE EL DESARROLLO DEL TORNEO Y QUE NO ESTE PREVISTO EN EL REGLAMENTO, SERA RESUELTO POR LA COMISION DIRECTIVA DE LA LIGA, Y EL T.D SIENDO SUS FALLOS INAPELABLES.
ARTICULO Nº 25 : EN CADA ZONA HABRAN DOS ASCENSOS Y DOS DESCENSOS, SERAN LOS CLUBES QUE MAS PUNTOS OBTENGAN AL FINALIZAR EL TORNEO, SI SE LLEGARA A NECESITAR INCORPORAR ALGUN CLUB MAS A LAS RESPECTIVAS ZONAS PARA COMPLETARLAS, ESTOS CLUBES SERAN LOS QUE SE UBIQUEN HASTA EL QUINTO LUGAR DE LA TABLA GENERAL, CASO CONTRARIO QUEDARAN SUJETO AL NO DESCENSO DE LOS CLUBES.
ARTICULO Nº26: BAJO NINGUN CONCEPTO NINGUN PARTIDO SE JUEGA BAJO PROTESTA.
ARTICULO Nº27: SI AL FINALIZAR EL TORNEO, HUBIERA IGUALDAD DE PUNTOS, SE DEFINIRA POR DIFERENCIA DE GOL, SI PERSISTE LA IGUALDAD SE DEFINE POR LA CANTIDAD DE GOLES A FAVOR Y DE SEGUIR LA IGUALDAD, SE CONTEMPLARA EL PARTIDO JUGADO ENTRE SI.
CAPITULO 2º CONFORMACION DE EQUIPOS
ARTICULO Nº1: EN LA REALIZACION DE LOS TORNEOS INTERVENDRAN LAS CATEGORIAS INFORMADAS POR LOS BOLETINES OFICIALES. TODAS DE ELLAS CON JUGADORES DEL SEXO MASCULINO. YA QUE LA LIGA ORGANIZA LOS TORNEOS CON ESE FIN, CON CARÁCTER DE OBLIGATORIA Y QUE SE REGIRAN POR EL PRESENTE REGLAMENTO.
ARTICULO Nº2: LAS CATEGORIAS SE DETERMINA POR LA EDAD DE LOS NIÑOS, DICHA EDAD DEBE CUMPLIRSE DENTRO DEL AÑO DE COMIENZO DEL TORNEO.
LOS JUGADORES DEBERAN FIRMAR LAS PLANILLAS DE JUEGO PARA PARTICIPAR DEL ENCUENTRO Y ACREDITAR IDENTIDAD, ANTES DEL INICIO DEL PARTIDO Y HASTA EL TERMINO DEL PRIMER TIEMPO. YA EN EL DESCANSO, NO PODRA INGRESAR NINGUN JUGADOR QUE NO HAYA FIRMADO LA PLANILLA.
ARTICULO Nº3: EL JUGADOR QUE TENGA EL CARNET Y NO SALGA EN PLANILLA DE JUEGO PODRA JUGAR AGREGANDOSE DE FORMA MANUSCRITA EN LA MISMA Y LA LIGA SE ENCARGARA DE VERIFICAR POR QUE NO SALIO EN LA PLANILLA DE PARTIDO. (SIN CARNET DE JUGADOR HABILITANTE NO SE PUEDE JUGAR)
ARTICULO Nº3 BIS : LA LIGA AUTORIZA EN CASOS EXCEPCIONALES A JUGAR CON DNI ORIGINAL ACTUALIZADO SIEMPRE QUE TENGAN UNA NOTA OFICIAL DE LA LIGA Y ESTA DEBERAN PRESENTARLA AL CLUB RIVAL EN LA JORNADA CORRESPONDIENTE.
ARTICULO Nº4: TODOS LOS JUGADORES FICHADOS DEBERAN PRESENTAR EL CARNET DE LA LIGA QUE LO HABILITAN PARA PARTICIPAR DE ESTE TORNEO. EL CLUB QUE NO PRESENTE EL CARNET DEL JUGADOR PERDERA AUTOMATICAMENTE LOS PUNTOS DE ESE ENCUENTRO.
ARTICULO Nº5: PODRAN INGRESAR A JUGAR UN PARTIDO TODOS LOS JUGADORES QUE FIGURAN EN LA PLANILLA DE JUEGO.TODO JUGADOR FICHADO EN UNA CATEGORIA INFERIOR, PODRA JUGAR EN LA INMEDIATA SUPERIOR. EN ESTA CONDICION PODRAN JUGAR HASTA TRES NIÑOS POR CATEGORIA.
ARTICULO Nº6: LOS JUGADORES PODRAN SER INCLUIDOS EN DOS PARTIDOS, SIEMPRE Y CUANDO CUMPLAN CON LOS REQUISITOS DE LA EDAD Y LA RESPONSABILIDAD DEL CLUB. EL PADRE DEBERA AUTORIZAR EN LA PLANILLA DE JUEGO LA INCORPORACION Y LA HABILITACION PARA JUGAR. LOS JUGADORES NO PODRAN SUBIR MAS DE 1 CATEGORIA.
ARTICULO Nº7: SI UN JUGADOR ESTA JUGANDO EN UNA CATEGORIA Y ES EXPULSADO, NO PODRA INGRESAR A JUGAR OTRO PARTIDO. EL ARBITRO AL FINALIZAR EL ENCUENTRO DEBERA RETIRAR EL CARNET.
ARTICULO Nº8: EL JUGADOR EXPULSADO CUMPLIRA AUTOMATICAMENTE 1 FECHA DE SUSPENSION, SALVO FALTAS GRAVES QUE EL TRIBUNAL DE DISCIPLINA RESOLVERA.
ARTICULO Nº9: LAS DOS CATEGORIAS MAYORES JUGARAN CON 4 (CUATRO) JUGADORES MAS EL ARQUERO Y LAS CATEGORIAS MENORES JUGARAN CON 5 (CINCO) JUGADORES MAS EL ARQUERO.
ARTICULO Nº10: PARA SUSTITUIR UN JUGADOR, SE DEBERA AGUARDAR A QUE SE PRODUZCA UNA INTERRUPCION EN EL JUEGO Y OBTENER LA PREVIA AUTORIZACION DEL ARBITRO. EN CASO DE ESTAR LESIONADO Y DICHO JUGADOR EN EL SUELO EL SR ARBITRO DEBERA INTERRUMPIR EL JUEGO PARA QUE INGRESEN LOS AUXILIARES PARA ATENDERLO, EN CASO DE ENTENDER QUE HUBO SIMULACION DEL JUGADOR DEBERA AMONESTARLO Y SI CORRESPONDIERA EXPULSARLO.
ARTICULO Nº11: LOS PARTIDOS PUEDEN COMENZAR CON UN JUGADOR MENOS, Y SI FUERA UN JUGADOR EXPULSADO EN ESA CONDICIÓN SE PUEDE JUGAR OFICIALMENTE CON DOS JUGADORES MENOS. SI FUERAN TRES JUGADORES SE DA POR FINALIZADO EL ENCUENTRO.
CAPITULO 3º FICHAJE
ARTICULO Nº1: LAS INSTITUCIONES RECIBIRAN UNA LISTA DE BUENA FE POR CATEGORIA Y/O FICHA INDIVIDUAL DE CADA JUGADOR, QUE DEBERAN COMPLETAR CON LOS DATOS SOLICITADOS EN ELLAS, ESTOS DATOS DEBERAN SER CLAROS Y NO ESTAR ENMENDADOS O TACHADOS Y ENTREGARLOS EN TIEMPO Y FORMA, SEGÚN LO SOLICITE LA LIGA. LA LIGA FICHARA A CADA JUGADOR EN FORMA PERSONAL U ONLINE.
ART. N.º 1 BIS: LAS INSTITUCIONES QUE OPTEN FICHAR DE FORMA INDIVIDUAL MEDIANTE EL SISTEMA ONLINE LA CARGA DE TODOS SUS JUGADORES, EL CLUB SERA EL RESPONSABLE DE CARGAR LOS DATOS DE CADA JUGADOR COLOCANDO LOS DATOS SOLICITADOS, SI SE CORROBORA ALGUN DATO EN LA INSCRIPCION DEL JUGADOR , EN LA CUAL NO CORRESPONDE A LOS DATOS SOLICITADOS, YA QUE LA CARGA ES EN BUENA FE PARA LA LIGA, EL MISMO PODRA SER SANCIONADO SEGÚN EL REGLAMENTO DE LA LIGA.
ARTICULO Nº2: TODOS LOS JUGADORES QUE PARTICIPAN DE ESTE TORNEO TENDRAN QUE ESTAR FICHADOS POR ESTA ASOCIACION Y DEBERAN CONTAR CON EL APTO MEDICO OBLIGATORIO PARA SU HABILITACION AL TORNEO. HACIENDOSE DE ELLO RESPONSABLE LA INSTITUCION. SI UN JUGADOR PARTICIPA DE LOS TORNEOS SIN EL APTO MEDICO EL CLUB RESPONSABLE PERDERA LOS PUNTOS DE DICHO PARTIDO Y LUEGO SERA SANCIONADO SEGÚN EL T.D.
ARTICULO Nº3: PARA PODER FICHAR A TODO JUGADOR EL CLUB DEBERA PRESENTAR LA PLANILLA DE BUENA FE CON TODOS LOS DATOS REQUERIDOS Y EL D.N.I. ORIGINAL Y/O CEDULA DE IDENTIDAD ACTUALIZADA. TANTO LOS JUGADORES ARGENTINOS COMO EXTRANJEROS QUE NO POSEAN LA DOCUMENTACION EN REGLA (EXTRAVIADA, EN TRAMITE, IMPOSIBILITADA PARA PRESENTARLA), SERA ANOTADO EN PLANILLA, PERO NO PODRA PARTICIPAR DEL TORNEO HASTA TANTO PRESENTE LA DOCUMENTACION EN REGLA CORRESPONDIENTE.
ARTICULO Nº4: LA LIGA DETERMINARA EL LUGAR, EL DIA Y LA HORA PARA CADA INSTITUCION Y QUEDARA FACULTADO PARA CONTEMPLAR Y RESOLVER TODA SITUACION ESPECIAL QUE SE PUEDA PRESENTAR DICHO DIA, TAMBIEN PODRA MODIFICAR DICHAS FECHAS O LUGAR DE FICHAJE SI LO CONSIDERA NECESARIO, NOTIFICANDO A LA INSTITUCION INVOLUCRADA.
ARTICULO Nº5: LA LIGA ORGANIZARA Y ESTIPULARA LOS DIAS DE FICHAJE UNA VEZ COMENZADO EL TORNEO PARA AQUELLAS ENTIDADES QUE NECESITEN FICHAR MAS JUGADORES.
ARTICULO Nº6: ESTA LIGA EN CADA COMIENZO DE TORNEO ANUAL, PODRA MODIFICAR Y/O CORREGIR ERRORES QUE SE PUEDAN DETECTAR CON RESPECTO AL TEMA DE FICHAJES Y/O HABILITACION PARA PODER JUGAR, A SU VEZ PODRA MODIFICAR CUALQUIER MODO, CONCEPTO Y/O SOLICITUDES Y REQUISITOS DE FICHAJES, DURANTE LA MARCHA DE LA MISMA PARA PODER MEJORAR EL FUNCIONAMIENTO Y LA AGILIDAD DEL FICHAJE.
ARTICULO Nº7: LA FIRMA DE LA LISTA DE BUENA FE, DEBERA SER LA MISMA QUE EL JUGADOR FIRMA EN CADA PARTIDO ORGANIZADO POR LA LIGA. DEBIENDO SER ESTA MISMA DURANTE TODO EL TORNEO, RECORDAMOS QUE DE DETECTARSE FIRMAS DIFERENTES DURANTE EL TRANSCURSO DEL TORNEO, SE NOTIFICARA AL T.D. Y ESTE RESOLVERA. SIENDO UNA FALTA GRAVE, PUDIENDO SANCIONAR POR MAL INCLUSION DE JUGADOR, Y TENER UNA QUITA DE PUNTOS POR CATEGORÍAS Y EN LA TABLA GENERAL.
ARTICULO Nº8: LOS COSTOS DE LOS CARNETS HABILITANTES DE CADA JUGADOR DEBERAN SER ABONADOS EN SU IMPORTE TOTAL Y AL COSTO QUE CADA AÑO ESTIPULE LA LIGA. A CONTRA ENTREGA DE LOS MISMOS ANTES DE COMENZAR EL TORNEO.
ARTICULO Nº9: CADA JUGADOR SERA FICHADO EN SU CATEGORIA, PODRA JUGAR EN LA CATEGORIA SUPERIOR, PERO NO PODRA ESTAR FICHADO EN DOS CATEGORIAS. NI PODRA JUGAR EN UNA CATEGORIA INFERIOR.
ARTICULO Nº10: TODOS LOS JUGADORES QUEDARAN LIBRE AL TERMINAR EL TORNEO CORRESPONDIENTE.
ARTICULO Nº11: DURANTE EL MISMO AÑO SE REQUIERE EL PASE DE UNA INSTITUCION A LA OTRA,
LOS JUGADORES CON EL RESPECTIVO PASE DEBERAN ESPERAR CUATRO FECHAS DESDE LA ULTIMA FIRMA EN PLANILLA,
SI SON MAS DE DOS PASES DE LA MISMA CATEGORIA DEBERAN ESPERAR 8 FECHAS
EN CASO DE QUE ALGUN CLUB NO LE DE EL CORRESPONDIENTE PASE AL JUGADOR, LA LIGA CITARA A DICHO JUGADOR Y ESTE DECIDIRA EN QUE CLUB DESEE JUGAR.
ARTICULO Nº12: AL FINALIZAR EL TORNEO, TODOS LOS CLUBES DEBERAN DEVOLVER LOS CARNETS, DE JUGADORES,DELEGADOS Y TECNICOS QUE LA LIGA LES ENTREGO PARA PODER PARTICIPAR DEL TORNEO DE ESTA TEMPORADA. EL NO ENTREGARLOS QUEDARA SUJETO A LA RESOLUCION DEL T.D, Y NO PODRAN RETIRAR LOS TROFEOS CORRESPONDIENTES EN EL CASO QUE SI LOS HUBIERA.
CAPITULO 4º DOCUMENTACION
ARTICULO Nº1: LAS PLANILLAS DE LOS PARTIDOS TANTO DE LOCAL COMO DE VISITANTES LAS TENDRAN QUE LLEVAR LOS DELEGADOS DE DICHOS CLUBES LAS CUALES DEBERAN SER LAS ULTIMAS ACTUALIZADAS Y LOS ARBITROS SERAN LOS ENCARGADOS DE LLEVARLAS AL FINALIZAR LA CORRESPONDIENTE JORNADA DEPORTIVA. EL CLUB QUE NO PRESENTE LAS PLANILLAS PERDERA LOS PUNTOS DEL PARTIDO EN CUESTION, Y JUGANDOSE EL PARTIDO DE IGUAL MANERA.
ARTICULO Nº2: LOS INFORMES DEBERÁN ENTREGARLOS DENTRO DE LAS 72 HS, LA LIGA CONSIDERARA NOTIFICADOS A TODOS LOS CLUBES Y DELEGADOS DE CUALQUIER INFORMACION VITAL QUE SE LES HAGA SABER, YA QUE ES RESPONSABILIDAD DE LOS DELEGADOS, SEGUIR Y TOMAR CONOCIMIENTO DE TODO TIPO DE DOCUMENTACION QUE ESTA LIGA OFREZCA O NOTIFIQUE A LAS INSTITUCIONES.
ARTICULO Nº3: LA LIGA PROVEERA A CADA INSTITUCION, EN REUNION DE DELEGADOS QUE DETERMINE, PLANILLA DE FICHAJE PARA CADA JUGADOR, PLANILLA DE AUTORIDADES Y CUERPO TECNICO, LISTA DE BUENA FE, Y UN EJEMPLAR DEL REGLAMENTO GENERAL. TODA ESTA DOCUMENTACION DEBERA SER PRESENTADA EN LA LIGA EXCEPTO EL REGLAMENTO GENERAL, TODA LA DOCUMENTACION ESTARA FIRMADA POR EL PRESIDENTE Y EL SECRETARIO DE LA INSTITUCION CON EL SELLO CORRESPONDIENTE, EN EL CASO QUE ALGUNA INSTITUCION NO PRESENTE DICHA DOCUMENTACION COMPLETA, SELLADA Y FIRMADA EN TIEMPO Y FORMA ESTABLECIDO SERA CONSIDERADA DESVINCULADA DEL TORNEO POR ENTENDERSE QUE DICHA INSTITUCION CARECE DE ORGANIZACIÓN ANTE EL TORNEO.
ARTICULO Nº4: EN EL CASO QUE ALGUN DELEGADO QUIERA INFORMAR ALGUNA NOTIFICACION, DE UN HECHO OCURRIDO DURANTE LA JORNADA DEPORTIVA SE DEBERA ENVIAR UN INFORME APARTE, DETALLANDO LA INSTITUCION INVOLUCRADA, EL ENCUENTRO EN CUESTION Y LA FIRMA DEL DELEGADO DE LA INSTITUCION, SEGÚN EL HECHO EL T.D. CITARA O NO AL DELEGADO EN CUESTION Y RESOLVERA.
ARTICULO Nº5: UNA VEZ FINALIZADA LA JORNADA, EL ARBITRO EN PRESENCIA DE AMBOS DELEGADOS CERRARA LAS PLANILLAS DE JUEGO Y LOS RESULTADOS DE LOS PARTIDOS DISPUTADOS, LAS PLANILLAS DE RESULTADOS SE CONFECCIONAN POR TRIPLICADO, QUEDANDOSE UNA EL ARBITRO, OTRA EL CLUB LOCAL Y OTRA EL CLUB VISITANTE, COMO ASI TAMBIEN RETIRARA LOS CARNETS DE LOS JUGADORES EXPULSADOS SI LOS HUBIERA, LA LIGA TOMA COMO RESULTADOS FINALES LA PLANILLAS QUE CIERRA EL ARBITRO, DEBERAN CERRAR LAS PLANILLAS DE LOS PARTIDOS Y PONER LOS RESULTADOS FINALES. FIRMAR LAS MISMAS EL DELEGADO LOCAL, VISITANTE Y ÁRBITRO. AL NO FIRMARLAS NO HAY RECLAMO ALGUNO DE RESULTADOS. SIEMPRE ENTENDIENDO QUE ESTO ES UN ACTO DE BUENA FE.
ARTICULO Nº6: ES OBLIGACION TENER TODOS LOS CARNETS HABILITANTES SOBRE LA MESA DE CONTROL DURANTE LOS PARTIDOS DE LOS JUGADORES QUE PARTICIPAN DEL MISMO Y HALLAN FIRMADO LA PLANILLA DE JUEGO. QUIEN NO LO PRESENTE NO PODRA DISPUTAR LA JORNADA, TAMBIEN ES OBLIGATORIA LA PRESENCIA DEL REGLAMENTO OFICIAL, PARA ATENDER CUALQUIER DUDA O CUESTION.
ARTICULO Nº7: EN CASO DE EXTRAVIO DEL O LOS CARNETS, SE DEBERA INFORMAR DE INMEDIATO A LA LIGA LA CUAL EVALUARA LA SITUACION DE LA MISMA
ARTICULO Nº8: SI SE COMPROBARA QUE NO ES VERDAD EL EXTRAVIO DEL O LOS CARNETS, POR QUE ESTAN RETENIDOS EN ESTA LIGA POR DIFERENTES MOTIVOS, ESTA LIGA CONSIDERA ESTO COMO FALTA GRAVE, ENTREGANDO DICHA SITUACION AL T.D. DE ESTA LIGA, PARA QUE SANCIONE SEGÚN CREA CONVENIENTE.
CAPITULO 5º AUTORIDADES
ARTICULO Nº1: CADA INSTITUCION ESTARA REPRESENTADA POR DELEGADOS GENERALES (TODOS MAYORES DE 18 AÑOS) QUIENES DEBERAN ESTAR AVALADOS POR LA COMISION DIRECTIVA DE SU INSTITUCION, EN NOTA FIRMADA Y ELEVADA AL C.E. DE ESTA LIGA PARA QUE APRUEBE O RECHACE A LAS PERSONAS PROPUESTAS AL CARGO, UNA CONDUCTA INTACHABLE Y SOLIDA MORAL EN TODOS SUS ACTOS.
ARTICULO Nº2: A CADA AUTORIDAD QUE REPRESENTE A LA INSTITUCION ANTE LA LIGA, SE LE EXTENDERA UN CARNET DE IDENTIFICACION QUE DEBERA LUCIR EN UN LUGAR VISIBLE DURANTE LA PERMANENCIA EN LA JORNADA CASO CONTRARIO SERAN SANCIONADOS. ESTOS REPRESENTANTES SERAN LOS RESPONSABLES DEL JUEGO, JUGADORES Y COMPORTAMIENTO DEL PUBLICO. SIENDO OBLIGATORIA SU PRESENCIA DURANTE LA JORNADA.
ARTICULO Nº3: CUALQUIER AUTORIDAD DE LA INSTITUCION QUE NO FUESE DE LAS AUTORIZADAS POR LA LIGA, DEBERAN EXPRESARSE POR MEDIO DE SUS RESPECTIVOS DELEGADOS Y NO SE LES RECONOCERA DURANTE LA JORNADA OTRA ATRIBUCION MAS QUE LA DE MERO ESPECTADOR, COMO TAMPOCO SERAN ATENDIDOS EN LA LIGA, YA QUE LA C.D. DE LA LIGA, TRATA SOBRE LOS TEMAS DE LAS INSTITUCIONES DE MANERA EXCLUSIVA CON SUS REPRESENTANTES PARA DICHA FUNCION.
ARTICULO Nº4: EL DIRECTOR TECNICO, AYUDANTE, AUXILIAR O DELEGADO EXPULSADO DEL CAMPO DE JUEGO EN UN PARTIDO, PODRA VOLVER A DIRIGIR EL PROXIMO PARTIDO, CON EL CONSENTIMIENTO DEL ARBITRO.
ARTICULO Nº5: EL PUBLICO EXPULSADO POR EL ARBITRO SERA RESPONSABILIDAD DE LA INSTITUCION A LA CUAL PERTENECE, DEBERAN RETIRARLO DEL LUGAR Y ASI CONTINUAR CON DICHA JORNADA; QUEDARA SUJETO A LA RESOLUCION DEL T.D.
ARTICULO Nº6: EN CASO DE SUSPENDERSE UNA JORNADA POR EXPULSION DE ALGUNA AUTORIDAD Y/O TECNICOS, LOS PARTIDOS YA JUGADOS MANTENDRAN SUS RESULTADOS, QUEDANDO A CARGO EL T.D. Y SEGÚN EL REGLAMENTO DE SANCIONES, APLICAR LA RESOLUCION QUE CONSIDERE CORRESPONDIENTE SEGÚN EL CASO PARTICULAR DE CADA INSTITUCION Y CATEGORIA.
ARTICULO Nº7: PARA PODER INICIARSE LA JORNADA , SIEMPRE DEBE HABER ALGUN DELEGADO Y ESTEN EN SU PODER LOS CARNETS HABILITANTES DE LOS JUGADORES, CASO CONTRARIO EL ARBITRO SUSPENDERA AUTOMATICAMENTE LA JORNADA, LUEGO DE HABER ESPERADO EL TIEMPO REGLAMENTARIO ESTIPULADO POR LA LIGA QUE ES DE 15 MINUTOS DE DEMORA PARA EL PRIMER PARTIDO, UNA VEZ TRANSCURRIDA LA PRORROGA SE SUSPENDERA LA JORNADA, QUEDANDO A CARGO DEL T.D. , LUEGO DE VER LOS INFORMES PRESENTADOS POR EL ARBITRO Y LOS DELEGADOS DE AMBOS CLUBES, APLICAR LA SANCION QUE CREA CONVENIENTE, ESTE DETALLADA O NO EN EL REGLAMENTO Y SIEMPRE DE MANERA UNICA E INDIVIDUAL A CADA SITUACION.
ARTICULO Nº8: DE PRODUCIRSE DISTURBIOS, TUMULTOS Y/O AGRESIONES AL ÁRBITRO, CUERPO TECNICO, PARCIALIDAD LOCAL O VISITANTE, ROTURAS DEL PREDIO E INSTALACIONES, O CUALQUIER OTRO TIPO DE ALTERACION EN EL TRANSCURSO DE LA JORNADA LA LIGA NO SE HACE RESPONSABLE DE LOS DAÑOS QUE OCASIONAREN DICHOS COMPORTAMIENTOS, NI DE LOS ACCIDENTES O CIRCUNSTANCIA DENTRO DE LOS LIMITES DEL CAMPO DE JUEGO O EN SUS ADYACENCIAS O EN EL DESPLAZAMIENTO HACIA LOS LUGARES DONDE DEBEN CONFRONTARSE LOS EQUIPOS, Y MEDIANTE UN INFORME REDACTADO POR EL ARBITRO Y POR LOS CLUBES, LA INSTITUCION SE TENDRA QUE HACER CARGO DE LOS DAÑOS CAUSADOS, CASO CONTRARIO ESTARA SUJETO A LA NO REPROGRAMACION DE LOS PARTIDOS MIENTRAS EL TRIBUNAL DE DISCIPLINA DETERMINA CUAL SERA LA SANCION.
ARTICULO Nº9: EL TRIBUNAL DE DISCIPLINA SERA EL ENTE RESPONSABLE DE HACER VALER EL CODIGO DE PENAS, SUJETO A LA DETERMINACION DEL C.E.
CAPITULO 6º OBLIGACIONES
ARTICULO Nº1: LAS CUOTAS SOCIALES DEBERAN ABONARSE DEL 1 AL 10 DE CADA MES, DESPUES DEL DIA 10 LAS CUOTAS TENDRAN UN RECARGO DEL 25% . Y LAS MULTAS LAS DEBERAN ABONAR EN LA FECHA QUE ESTIPULE TESORERIA, LOS FICHAJES DEBERAN SER ABONADOS EN EL MISMO MOMENTO QUE SE INSCRIBEN LOS JUGADORES.
ARTICULO Nº2: LA INSTITUCION QUE NO REGULARICE SU SITUACION, NO SE LE PROGRAMARA EL PRÓXIMO PARTIDO.
ARTICULO Nº3: LAS INSTITUCIONES QUE NO CUMPLAN CON EL ART 1 Y 2 , PERDERAN LOS PUNTOS DE LA JORNADA.
ARTICULO Nº4: LOS CLUBES ABONARAN LA SUMA DE 15 ENTRADAS EN CONCEPTO DE MULTA, EN CASO DE NO PRESENTAR UNA CATEGORIA PROGRAMADA, QUE SERA REINTEGRADA AL CLUB PERJUDICADO, POR TAL MOTIVO ES IMPORTANTE QUE SE JUEGUE SI O SI EL PARTIDO EN FORMA AMISTOSA, REPITIENDO JUGADORES DENTRO DEL RANGO DE LA EDAD DE LOS MISMOS.
ARTICULO Nº5: LOS ARBITROS QUE NO DIRIGEN UNA JORNADA COBRARAN LOS VIATICOS DEL MISMO, Y EL CLUB AFRONTARA LOS GASTOS QUE OCASIONEN LA NO PROGRAMACION DE LA JORNADA DEPORTIVA.
ARTICULO Nº6: EL ARBITRO QUE NO DIRIGE UN PARTIDO PROGRAMADO LO COBRARA IGUAL.
ARTICULO Nº7: EL EQUIPO LOCAL PAGARA LA JORNADA DEL ARBITRAJE QUE ESTIPULE LA LIGA.
ARTICULO Nº8: LA INSTITUCION QUE OFICIE DE LOCAL DEBE BRINDAR AL ARBITRO Y AL CLUB VISITANTE UN RECINTO EN BUENAS CONDICIONES E HIGIENE PARA CAMBIARSE, TAMBIEN DEBEN ESTAR EN CONDICIONES LA MARCACION DE LA CANCHA Y LOS BAÑOS EN PERFECTO ESTADO Y LIMPIOS, EN CASO DE NO CUMPLIR CON ESTA NORMA EL T.D. CONSIDERARA EL CASO Y TOMARA LA SANCION CORRESPONDIENTE.
ARTICULO Nº9: CUALQUIER DAÑO PRODUCIDO A LAS INSTALACIONES DE LA INSTITUCION QUE OFICIE DE LOCAL DURANTE LA JORNADA, GENERADO POR CUALQUIER INTEGRANTE DE LA INSTITUCION VISITANTE, SERA RESARCIDO POR EXCLUSIVA CUENTA DE ESTA ULTIMA, POR LO QUE SE ACONSEJA EL CONTROL DE LAS INSTALACIONES, POR PARTE DE AMBOS DELEGADOS, ANTES DEL INICIO DE LA FECHA, LUEGO DE FINALIZADA LA JORNADA NO HABRA NINGUN TIPO DE RECLAMO.
ARTICULO Nº10: ES RESPONSABILIDAD DE LAS INSTITUCIONES QUE LOS JUGADORES SE ENCUENTREN EN PERFECTO ESTADO DE SALUD Y LA REVISACION MEDICA ACTUALIZADA DE SUS JUGADORES PARA LA PRACTICA DEL DEPORTE, COMO ASI TAMBIEN DE SUS DELEGADOS , TECNICOS Y AUXILIARES, QUE INTERVIENEN EN ESTOS TORNEOS, HACIENDOSE CARGO EN TAL CASO, DE TODA DERIVACION Y/O ATENCION QUE PUDIERA SURGIR, ADEMAS DE CUALQUIER INCONVENIENTE, ACCIDENTE, DAÑO O PERJUICIO QUE PUDIERA DERIVARSE POR EL JUEGO, PUBLICO, AUTORIDADES, ETC. DENTRO DE LA INSTITUCION Y/O ADYACENCIAS, A LAS INSTALACIONES O A LOS MEDIOS DE TRANSPORTE O CUALQUIER ELEMENTO DE USO PARA LA JORNADA (BOTIQUIN, BALONES, AEROSOL, VENDAS, VESTUARIOS, ETC.), EN RAZON DE SER LA LIGA BUENOS AIRES LA SIMPLE UNION DE TODAS LAS ENTIDADES PARTICIPANTES, Y LOS MIEMBROS DEL C.E. Y EL T.D. MEROS ADMINISTRADORES DESIGNADOS PARA ELLO, LAS INSTITUCIONES RELEVAN A ESTOS DE TODA RESPONSABILIDAD CIVIL O PENAL DE SUS GESTIONES COMO TALES, PARA EL EVENTUAL CASO DE QUE, ANTE UNA SENTENCIA JUDICIAL, EMANE RESPONSABILIDAD ALGUNA PARA SUS MIEMBROS DIRECTIVOS EN FORMA PARTICULAR.
TAMBIEN ES RESPONSABILIDAD DE LOS REPRESENTANTES DE CADA INSTITUCION EL COMPORTAMIENTO DE LOS ESPECTADORES Y PUBLICO QUE EN SU JORNADA REPRESENTEN Y CUALQUIER HECHO DE VIOLENCIA O
DISTURBIOS, SERA RESPONDIDO POR EL RESPONSABLE DIRECTO DE LA INSTITUCION QUE CORRESPONDA EN DICHA JORNADA, ANTE ESTA LIGA.
ARTICULO Nº11: LA INSTITUCION LOCAL DEBERA COLOCAR EN UN LUGAR DESTACADO LA MESA DE CONTROL. EN LA CUAL LOS DELEGADOS DE AMBAS INSTITUCIONES DESARROLLARAN SUS LABORES Y CONFECCIONARAN LAS PLANILLAS DE PARTIDOS.
ARTICULO Nº12: EN LOS DIAS DE PARTIDO LA INSTITUCION LOCAL, DEBERA TENER EL PRESENTE REGLAMENTO EN LA MESA DE CONTROL PARA DISIPAR CUALQUIER DUDA, ESTE ARTICULO ES DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO.
ARTICULO Nº13: LA INSTITUCION LOCAL, EN FORMA OBLIGATORIA DEBERA TENER CAMISETAS ALTERNATIVAS O PECHERAS, PARA CUANDO CONSIDERE EL ARBITRO QUE SE PUEDEN CONFUNDIR CON LOS COLORES, EN CASO DE NO PODER JUGARSE LOS PARTIDOS POR ESTE MOTIVO, LA INSTITUCION RESPONSABLE SERA SANCIONADA POR EL T.D. HASTA CON LA POSIBLE PERDIDA DE PUNTOS DE LA JORNADA.
ARTICULO Nº14: EN EL LUGAR DESIGNADO PARA LOS JUGADORES SUPLENTES, TECNICOS Y AYUDANTES, PUEDEN PERMANCER UN TOTAL DE 2 (DOS PERSONAS) COMO MAXIMO, ADEMAS DE LOS JUGADORES TOTALMENTE IDENTIFICADAS CON LA CREDENCIAL QUE EMITE LA LIGA, NO PODRAN PERMANECER NINGUNA OTRA PERSONA.
ARTICULO Nº15: EL CLUB LOCAL TENDRA LA OBLIGACION DE PRESENTAR 2 PELOTAS PROVISTAS POR LA LIGA EN PERFECTAS CONDICIONES PARA CADA PARTIDO A DISPUTARSE, (EL NO JUGAR CON LAS PELOTAS OFICIALES ESTARAN SUJETO A LA PERDIDA DE PUNTOS DE LOS PARTIDOS EN CUESTION), COMO ASI TAMBIEN LA PRESENTACION DE UN BOTIQUIN DE PRIMEROS AUXILIOS CON ELEMENTOS BASICO PARA ATENCION RAPIDA. EN EL CASO QUE NO SE ENCUENTREN LAS PELOTAS DE LA LIGA, POR PERDIDA, ROTURAS, LOS PARTIDOS PODRAN CONTINUAR IGUAL CON OTRO BALON SIMILAR, VERIFICADO POR EL ARBITRO Y LA CONFORMIDAD DE LOS DOS DELEGADOS, TAL HECHO SE HARA CONSTAR EN LA PLANILLA Y FIRMADA POR AMBOS DELEGADOS Y EL ARBITRO.
ARTICULO N16: EL CLUB LOCAL TENDRA LA OBLIGACION DE CUMPLIR CON UN SERVICIO DE EMERGENCIAS MÉDICAS, DE NO SER ASI NO PODRA JUGAR EN SU CANCHA. TODOS LOS MESES DEBERAN PRESENTAR UNA FOTOCOPIA DEL RECIBO DE PAGO
ARTICULO Nº17: CADA INSTITUCION, CUANDO OFICIE DE LOCAL EN CASO DE QUE NO SE PRESENTE EL ARBITRO ESTA OBLIGADA A COMUNICARSE CON LA LIGA A LOS TELEFONOS PREVISTOS PARA ESTOS CASOS.
ARTICULO Nº18: LAS INSTITUCIONES Y DELEGADOS SERAN RESPONSABLES DE LAS ACTITUDES DE SUS JUGADORES, TECNICOS, DELEGADOS, DIRIGENTES Y ESPECTADORES DURANTE LA JORNADA. RESPONDIENDO ANTE LA LIGA SOBRE CUALQUIER COMPORTAMIENTO, AGRAVIO O DISTURBIO QUE ESTA PUDIERA PROVOCAR EN LA JORNADA, COMO ASI TAMBIEN A LA FINALIZACION DE LA MISMA.
ARTICULO Nº19: LOS DELEGADOS GENERALES O SUB DELEGADOS TIENEN LA OBLIGACION DE ASISTIR A LAS REUNIONES CUANDO SE LOS CONVOQUE, YA QUE TODAS LAS REUNIONES QUE ESTA LIGA CONVOQUE SERAN DE ASISTENCIA OBLIGATORIA, EN CASO DE NO PODER ASISTIR PODRAN HACERLO ALGUN AUXILIAR EN CASO EXTREMO, YA QUE TODO LO QUE SE INFORME Y/O RESUELVA, EN DICHAS REUNIONES, SERA CONSIDERADO CONOCIDO POR TODAS LAS INSTITUCIONES, HAYAN O NO PARTICIPADO DE LAS REUNIONES. EN EL CASO DE QUE EN LAS REUNIONES SE DEBIERA RESOLVER, FAVORECER, DETERMINAR O APROBAR ALGUNA MOCION O RESOLUCION, LAS INSTITUCIONES AUSENTES SE CONSIDERARAN COMO APOYADORAS DEL VOTO U OPINION DE LA MAYORIA EN REUNION SIN DERECHO A NINGUN TIPO DE RECLAMO.
ARTICULO Nº20: LOS INFORMES PARA QUE TENGAN VALIDEZ, DEBERAN INDEFECTIBLEMENTE SER REFRENDADOS POR UNA AUTORIDAD DE LA INSTITUCION CON FIRMA, ACLARACION Y SELLO EN HOJA MEMBRETADA DE LA ENTIDAD. DE NO SER ASI, EL MISMO NO SERA TENIDO EN CUENTA.
ARTICULO Nº21: LOS RECLAMOS Y/O INFORMES DEBERAN SER ENTREGADOS A LAS 72 HS DE FINALIZAR LA JORNADA DEPORTIVA.
ARTICULO Nº22: NO SE PERMITIRA PARTIDOS AMISTOSOS, CON JUGADORES QUE NO ESTEN EN LAS PLANILLAS FICHADOS, NI FIGUREN EN LOS REGISTROS DE LA LIGA, NI TENGA LA REVISACION MEDICA OBLIGATORIA.
ARTICULO Nº23: LA INSTITUCION ADHERIDA A ESTA LIGA ES RESPONSABLE POR TODAS LAS IRREGULARIDADES QUE COMETA EL PERSONAL POR ELLA DESIGNADA.
ARTICULO Nº24: CADA JUGADOR DEBERA TENER LA AUTORIZACION PARA INTERVENIR EN NUESTROS TORNEOS BAJO LA GUARDA Y RESPONSABILIDAD DE LA INSTITUCION INSCRIBIENTE, A TRAVES DE LAS FIRMAS TANTO DE LA MADRE Y/O PADRE, COMO ASI TAMBIEN TENER REALIZADOS LOS ESTUDIOS MEDICOS OBLIGATORIOS PARA LA PRACTICA DEPORTIVA.
ARTICULO Nº25: SI ALGUN JUGADOR CAMBIA DE INSTITUCION DURANTE EL TORNEO, LA RESPONSABILIDAD DE CUALQUIER LESION Y/O ACCIDENTE OCURRIDOS EN LOS ENTRENAMIENTOS Y/O PARTIDOS, SON DE LOS PADRES Y DE LA NUEVA INSTITUCION. POR LO TANTO, LA LIGA NO RECONOCERA NINGUN PETITORIO EN CONTRARIO A ESTA DISPOSICION O A OTRAS NO CONTEMPLADAS EN ESTE REGLAMENTO, POR LOS CITADOS IMPEDIMENTOS.
ARTICULO Nº26: QUIEN SE ENCUENTRE EN LA MESA DE CONTROL, NO PODRA DAR NINGUNA INDICACION A JUGADORES, NI FESTEJAR GOLES, PUDIENDO SER EXPULSADO POR EL ARBITRO, PREVIA ADVERTENCIA.
ARTICULO Nº27: QUIEN SE ENCUENTRE EN LA MESA DE CONTROL DEBE OBSERVAR, EN TODO MOMENTO EN DEBIDO RESPETO A SU RIVAL. TAMPOCO PODRA INTERRUMPIR EL JUEGO (DISCONFORMIDAD DE FALLOS) EN NINGUN MOMENTO Y BAJO NINGUN CONCEPTO, DEBIENDO AGUARDAR PARA CUALQUIER RECLAMO LA FINALIZACION DEL PARTIDO.
ARTICULO Nº28: ES RESPONSABILIDAD DE LOS DELEGADOS DARLES A LOS ARBITROS, LOS CARNETS DE LOS JUGADORES, DIRIGENTES, TECNICOS, AUXILIARES Y DELEGADOS QUE HUBIERAN SIDO EXPULSADOS EN EL CURSO DE LA MISMA.
ARTICULO Nº29: TODA INSTITUCION, YA SEA DE LOCAL O VISITANTE, TIENE TERMINANTEMENTE PROHIBIDO; DENTRO DE LAS INSTALACIONES DONDE SE DISPUTA LA JORNADA, EL USO DE BOMBOS, PLATILLOS, TAMBORES, CORNETAS, PIROTECNIA Y/O ALGUN ELEMENTO QUE PERTURBE EL NORMAL DESARROLLO DEL ENCUENTRO COMO ASI TAMBIEN CANTOS O MANIFESTACIONES DEL PUBLICO QUE PUEDA CONSIDERARSE BURLONES, OFENSIVOS O PROVOCATIVOS HACIA EL RIVAL. TAMBIEN ESTA PROHIBIDO FUMAR DENTRO DE LAS INSTALACIONES, LO MISMO OCURRE SI HUBIERA UNA PERSONA ALCOHOLIZADA DENTRO DEL LUGAR, PROVOCANDO DISTURBIOS EL CLUB PODRA SER SANCIONADO CON LA PERDIDA DE PUNTOS TANTO DE LA TABLA GENERAL COMO LA DE CATEGORIA INDIVIDUAL. EL CONSUMO DE ALCOHOL SOLO ES PERMITIDO DENTRO DEL BUFFET O BAR DEL CLUB. NINGUN TECNICO Y/O DELEGADO PUEDE ESTAR TOMANDO ALCOHOL EN EL BAR ANTES DE CUMPLIR SUS FUNCIONES CORRESPONDIENTES.
ARTICULO Nº30: LOS DELEGADOS DEBERAN LLEVAR EL CONTROL DE LAS TARJETAS AMARILLAS Y ROJAS DE CADA UNO DE SUS JUGADORES, ANTE LA POSIBILIDAD DE QUE SE PUEDA COMETER UN ERROR INVOLUNTARIO EN EL INFORME SEMANAL DEL T.D
ARTICULO Nº31: LOS TECNICOS DEBERAN DIRIGIR A SUS JUGADORES EXCLUSIVAMENTE, DESDE EL SECTOR QUE CADA INSTITUCION HAYA ASIGNADO PARA TAL EFECTO, DE ACUERDO A LA ESTRUCTURA Y CAPACIDAD DE CADA CANCHA
ARTICULO Nº32: EL REFRIGERIO, ES OPTATIVO Y OPCIONAL.
ARTICULO Nº33: LAS INSTITUCIONES DEBERAN PRESENTAR, EN FORMA OBLIGATORIA TODOS LOS CERTIFICADOS, DE APTITUD FISICA, CASO CONTRARIO, LOS JUGADORES QUE NO PRESENTEN ESTE CERTIFICADO NO PARTICIPARAN DEL TORNEO. LA LIGA DESLIGA RESPONSABILIDADES ANTE LA FALTA DE LOS MISMO, RECORDANDO QUE EL CLUB TIENE LA OBLIGACION DE PRESENTARLOS.
ARTICULO Nº34: TODOS LOS CLUBES DEBERAN TENER LAS CANCHAS BIEN MARCADAS Y LAS REDES EN BUENAS CONDICIONES, LOS ARCOS AMURADOS AL PISO Y SEGUROS PARA PREVENIR CUALQUIER TIPO DE ACCIDENTE. DE NO SER ASI LOS CLUBES SERAN PASIBLES DE MULTA Y PERDIDA DE LOCALIA Y PUNTOS EN LAS CATEGORIAS.
ARTICULO Nº35: LOS CLUBES DEBERAN TENER 2 (DOS) PERSONAS RESPONSABLES EN LOS GRUPOS DE WHATSAPP, LOS CUALES SERAN ENCARGADOS DE TODA LA INFORMACION QUE RESPECTA AL MISMO, EL DIA DE LA JORNADA EL CLUB LOCAL EN CARACTER OBLIGATORIO DEBERA SUBIR LOS RESULTADOS AL FINALIZAR LA MISMA.
CAPITULO 7º CONSIDERACIONES GENERALES
ARTICULO Nº1: LOS ARANCELES, CUOTAS Y TODO OTRO IMPORTE QUE HABITUALMENTE ABONAN LAS INSTITUCIONES, SE DESTINAN A LOS GASTOS DE LA LIGA; RAZON POR LA CUAL, EN CASO DE QUE UNA INSTITUCION, DEJE DE FORMAR PARTE DE LA LIGA, CUALQUIERA SEA EL MOTIVO (RETIRO VOLUNTARIO, EXPULSION, ETC...), TODOS LOS IMPORTES ABONADOS HASTA ESE MOMENTO SE CONSIDERARAN IMPUTADOS A SU PARTE PROPORCIONAL DE PARTICIPACION DE TALES GASTOS, A PARTIR DE LA FECHA QUE SE DETERMINE SU DESVINCULACION, ESTA QUEDARA LIBERADA DE SEGUIR APORTANDO CUOTA ALGUNA, DEBIENDO CANCELAR LAS DEUDAS PENDIENTES HASTA EL MOMENTO DE LA DESVINCULACION. LUEGO DE CUMPLIDO ESTE REQUISITO, NINGUNA DE LAS PARTES TENDRA DERECHO A RECLAMO ALGUNO.
ARTICULO Nº2: TODAS LAS INSTITUCIONES APORTARAN IGUAL SUMA EN CONCEPTO DE FICHAJE Y CUOTA MENSUAL.
ARTICULO Nº3: LAS INSTITUCIONES DEBERAN ESTAR AL DIA CON LOS ARANCELES DE LOS FICHAJES, LA INSCRIPCION DEL CLUB, LAS CUOTAS MENSUALES Y/O MULTAS, EL ATRASO DE LAS MISMAS IMPLICA NO SUMAR PUNTOS EN LA TABLA DE POSICIONES HASTA TANTO NO REGULARICE DICHA SITUACION Y DE CONTINUAR ASI SE DESPROGRAMARÁN LOS PARTIDOS PERDIENDO LOS PUNTOS DE LOS MISMOS.
ARTICULO Nº4: NO SE ENTREGARÁN LAS DISTINCIONES Y PREMIOS SI LOS HUBIERE A AQUELLAS INSTITUCIONES QUE MANTENGAN CUALQUIER TIPO DE DEUDAS PENDIENTES CON ESTA LIGA, PARA ELLO ESTA LIGA A LA FINALIZACION DEL TORNEO HARA ENTREGA DE UN LIBRE DEUDA, EL CUAL MANIFESTARA LA CANCELACION TOTAL Y EFECTIVA DE TODO TIPO DE DEUDA DE LAS INSTITUCIONES HACIA ESTA LIGA, DE NO POSEERLO NO SE ENTREGARÁN LAS DISTINCIONES ANUALES Y PREMIOS, BAJO NINGUN CONCEPTO Y SIN NINGUN TIPO DE EXCEPCION.
ARTICULO Nº4 BIS: LOS CLUBES QUE INICIEN LA PROXIMA TEMPORADA CON DEUDA, ESTAS DEBERAN SER SALDADAS CON UN 40 % DEL TOTAL DE LAS MISMAS, DE NO PAGARLAS NO PARTICIPARAN DEL TORNEO ORGANIZADO POR LA LIGA.
ARTICULO Nº5: CUALQUIER CIRCUNSTANCIA QUE ACONTEZCA DURANTE EL O LOS TORNEOS ORGANIZADOS POR ESTA LIGA; Y NO ESTE PREVISTA EN ESTE REGLAMENTO, SERA RESUELTO POR EL C.E. Y EL T.D. SIENDO SUS FALLOS INAPELABLES.
ARTICULO Nº6: TODA INSTITUCION QUE SOLICITE LA PRESENCIA DE UN -VEEDOR-, DE ESTA LIGA, ABONARA UN IMPORTE A DETERMINAR POR EL C.E. DE LA LIGA. DICHO VEEDOR SE DEBERA IDENTIFICAR ANTE LOS DELEGADOS GENERALES Y ARBITRO DE LA JORNADA A LA FINALIZACION DE LA MISMA.
ARTICULO Nº7: NINGUN MIEMBRO DEL C.E. O T.D. ESTA FACULTADO PARA TOMAR RESOLUCIONES O MODIFICAR FALLOS DE ESTA LIGA, TAMBIEN SE RECUERDA QUE NO SE DEBE MOLESTAR POR NINGUNA RAZON CONCERNIENTE A LA LIGA A LOS MIEMBROS COMPONENTES DE LA MISMA, PARA CUALQUIER TEMA LA LIGA FUNCIONA EN LOS DIAS PREESTABLECIDOS E INFORMADOS DONDE SE REGISTRARA LA INQUIETUD DE LA INSTITUCION.
ARTICULO Nº8: TODAS LAS INSTITUCIONES QUE INTERVENGAN DEBERAN RESPETAR, CUMPLIR Y HACER CUMPLIR ESTE REGLAMENTO, ACATANDO TODAS LAS RESOLUCIONES DEL C.E. Y EL T.D. DE LA LIGA.
ARTICULO Nº9: ESTA LIGA NO RECONOCERA NINGUNA COMPROBACION DE PAGO SI LA MISMA NO FUE EXTENDIDA POR TESORERIA MEDIANTE RECIBO OFICIAL.
CAPITULO 8º ARBITROS
ARTICULO Nº1: LA/S LIGAS DE ARBITRO QUE DESIGNE LA LIGA BUENOS AIRES, SERAN LAS ENCARGADAS DE DIRIGIR LOS ENCUENTROS DE FUTBOL DE LOS TORNEOS QUE SE ORGANICEN ANUALMENTE.
ARTICULO Nº2: LOS ARBITROS SERAN LOS UNICOS JUECES, Y SUS FALLOS, EN LOS MISMOS, SERAN INAPELABLES. ES LA UNICA PERSONA CON AUTORIDAD PARA DISPONER EN EL CAMPO DE JUEGO LA SUSPENSION DE UN ENCUENTRO, DEBERA OBSERVAR QUE REUNA EL MISMO CON LAS MEDIDAS BASICAS DE SEGURIDAD, Y QUE SE ENCUENTRE EL MISMO MARCADO REGLAMENTARIAMENTE.
ARTICULO Nº3: LOS ARBITROS SERAN LOS UNICOS RESPONSABLES DE LLEVAR EL CONTROL DEL TIEMPO DE JUEGO, Y A SU SOLO CRITERIO QUEDARA EL DESCUENTO QUE CREA CONVENIENTE Y JUSTO, DEBIENDO COMUNICARLO A LA MESA DE CONTROL SI LA HUBIERA O A LOS DELEGADOS Y/O CUERPO TECNICO.
ARTICULO Nº4: EL ÁRBITRO, EN EL MOMENTO DE REALIZARSE EL O LOS CAMBIOS, TIENE LA OBLIGACION DE DETENER EL RELOJ.
ARTICULO Nº5: LOS ARBITROS DURANTE TODO EL ENCUENTRO DEBERAN UTILIZAR RELOJES DE TIPO CRONOMETRO.
ARTICULO Nº6: LOS RELOJES DE LOS DELEGADOS Y/O TECNICOS, AUXILIARES ETC. SON TAN SOLO A TITULO ILUSTRATIVO, ESTOS JAMAS INDICARAN LA FINALIZACION O RECLAMO DE TIEMPO ADICIONAL EN NINGUNA JORNADA.
ARTICULO Nº7: LOS ARBITROS, DENTRO DEL RECINTO DE JUEGO COMO EN LOS LUGARES ADYACENTES, SON LA MAXIMA AUTORIDAD; PUDIENDO EXPULSAR A TODA PERSONA QUE A SU ENTENDER SEA PERJUDICIAL PARA EL ESPECTACULO Y LA MORAL. A SU VEZ SON LAS UNICAS PERSONAS CAPACES DE CONSIDERAR SI EN LA JORNADA HAY GARANTIA DE PERMANECIA DE PUBLICO, PUDIENDO EJERCER SU AUTORIDAD COMO MAXIMA AUTORIDAD DE LA JORNADA, RETIRANDO A TODO TIPO DE ESPECTADOR PARA MANTENER LA INTEGRIDAD TANTO FISICA COMO MENTAL DE LOS NIÑOS.
ARTICULO Nº8: EL ARBITRO UNA VEZ FINALIZADO CADA ENCUENTRO, CONTROLARA EL CORRECTO CIERRE DE LAS PLANILLAS DE JUEGO Y LAS AVALARA CON SU FIRMA Y ACLARACION.
ARTICULO Nº9: EL ARBITRO, EN CASO DE HABER JUGADORES SANCIONADOS ANOTARA COMO NOVEDAD, AL DORSO DE LA PLANILLA DE JUEGO CORRESPONDIENTE, EL NOMBRE Y EL APELLIDO DEL MISMO, SU NUMERO DE CAMISETA Y EL MOTIVO DE LA SANCION. PUDIENDO, EN CASO PRODUCIRSE ANOMALIAS DURANTE EL DESARROLLO DEL ENCUENTRO, COLOCAR LA LEYENDA -VA INFORME-
ARTICULO Nº10: UNA VEZ FINALIZADA LA JORNADA Y HABIENDO CONTROLADO LAS PLANILLAS, EL ARBITRO EN PRESENCIA DE LOS DELEGADOS, CERRARA LOS RESULTADOS DE DICHA JORNADA, Y LE ENTREGARA LOS RESULTADOS AL EQUIPO LOCAL Y VISITANTE, QUEDANDOSE UN DUPLICADO PARA LA LIGA, Y SE LLEVARA SI LOS HUBIERE, LOS CARNETS DE LOS JUGADORES, TECNICOS Y/O DELEGADOS EXPULSADOS.
ARTICULO Nº11: EL ÁRBITRO DE LA JORNADA TENDRA LA OBLIGACION DE PRESENTARSE 15 MINUTOS ANTES DEL INICIO DE LA JORNADA Y CON EL UNIFORME CORRESPONDIENTE.
ARTICULO Nº12: EL ARBITRO, EN CASO DE QUE UN EQUIPO O LOS DOS NO SE PRESENTEN A LA HORA FIJADA PARA LA INICIACION DEL PARTIDO, HABIENDO PASADO LA TOLERANCIA DE TIEMPO CORRESPONDIENTE, DARA POR SUSPENDIDO EL MISMO INFORMANDO DE TAL ANOMALIA AL DORSO DE LA PLANILLA CORRESPONDIENTE.
ARTICULO Nº13: EN CASO DE AUSENCIA DE UN EQUIPO, PARA PODER DAR POR CONCLUIDA LA JORNADA, EL ARBITRO ASIGNADO DEBERA ESPERAR EL HORARIO REGLAMENTARIO PARA LOS 2 (DOS) PRIMEROS PARTIDOS DE LA FECHA, TENIENDO EN CUENTA PARA EL PRIMERO LOS 15 (QUINCE) MINUTOS DE TOLERANCIA, LOS JUGADORES DE LA INSTITUCION PRESENTE DEBERAN, EN CADA UNO DE LOS 2 (DOS) PARTIDOS, ESTAR VESTIDOS COMO TALES Y FIRMAR LAS PLANILLAS DE JUEGO CORRESPONDIENTES A LOS MISMOS, EN ESTOS CASOS LOS CARNETS DEBERAN SER CONTROLADOS POR EL ARBITRO. A POSTERIOR DE LA FIRMA DE LOS JUGADORES EL ARBITRO CERRARA LAS PLANILLAS DEBIENDO PONER AL DORSO LA -NO PRESENTACION- DE LA OTRA INSTITUCION, EL DELEGADO PRESENTE DEBE FIRMAR LA PLANILLA.
ARTICULO Nº14: EL ARBITRO PODRA SUSPENDER EL PARTIDO O HASTA LA JORNADA, SI FUERA AGREDIDO DE PALABRA O DE HECHO, O SI CONSIDERARA QUE HAY FALTAS DE GARANTIAS, TANTO PARA EL COMO PARA CUALQUIERA DE LOS JUGADORES O EQUIPOS. SI FUERA AGREDIDO, SOLAMENTE DE PALABRA POR ALGUIEN DEL PUBLICO,JUGADORES O AUTORIDADES, ANTES DE PROCEDER A LA SUSPENSION, LE COMUNICARA AL DELEGADO QUE CORRESPONDA QUE PROCEDA A RETIRAR DEL RECINTO DE JUEGO A ESAS PERSONAS, SIENDO OBLIGACION DEL DELEGADO EN CUESTION COLABORAR CON DICHO PEDIDO Y RETIRAR A LA PERSONA CONFLICTIVA, SI ASI NO OCURRIERA SE SUSPENDERA EL PARTIDO Y LOS RESTANTES QUEDARAN A SU CRITERIO SI LOS DIRIGE O NO, TAMBIEN PODRA RETIRAR AMBAS PARCIALIDADES PARA TERMINAR DE DISPUTAR EL ENCUENTRO O SI LO CONSIDERA NECESARIO TODA LA JORNADA RESTANTE.
ARTICULO Nº15: EL ARBITRO PODRA, SI LO CREE CONVENIENTE, HACER DESALOJAR AL PUBLICO DEL RECINTO DE JUEGO Y CONTINUAR LOS ENCUENTROS A PUERTAS CERRADAS, EL RETIRO DEL PUBLICO SERA LO DETERMINE EL JUEZ, ES DECIR RETIRAR SI ASI LO DESEE, A LA PARCIALIDAD QUE CREE LOS INCIDENTES O A LA PARCIALIDAD DE AMBAS INSTITUCIONES, EXPLICANDO LUEGO EN SU INFORME QUE LO LLEVO A TOMAR TAL DECISIÓN, EN CASO DE REALIZARSE ESTE HECHO SOLAMENTE PODRAN PERMANECER LAS AUTORIDADES DE LAS INSTITUCIONES. EN TODOS LOS CASOS LOS DELEGADOS DE LAS INSTITUCIONES DEBERAN COLABORAR CON LA SOLICITUD DEL ARBITRO CASO CONTRARIO SERA CONSIDERADO†FALTA DE COLABORACION†Y EL T.D. DE ESTA LIGA, SANCIONARA SEGÚN CREA CONVENIENTE.
ARTICULO Nº16: SI EL ARBITRO DEBIERA COMUNICAR ALGUNA INQUIETUD A UN DELEGADO, DEBERA HACERLO EN PRESENCIA DEL DELEGADO RIVAL.
ARTICULO Nº17: EL ARBITRO NO DEBERA CONFRATERNIZAR CON NINGUNA AUTORIDAD DE LAS INSTITUCIONES NI PUBLICO ANTES NI DURANTE LA DISPUTA DE LA JORNADA.
ARTICULO Nº18: EL ARBITRO EN LOS CASOS DE INFRACCIONES DE JUGADORES PROCURARA ADVERTIR, EN PRINCIPIO DE PALABRA, A QUIEN CORRESPONDA. ANTE REINCIDENCIA HARA USO DE LA TARJETA AMARILLA Y DE SER NECESARIA LA ROJA, NO OBSTANTE, SI A SU CRITERIO LA FALTA ASI LO REQUIERE PODRA HACER USO DE LA TARJETA AMARILLA Y/O ROJA SIN ADVERTENCIA ALGUNA. LA JUGADA DE ULTIMO RECURSO (JUGADA BRUSCA) SERA SANCIONADA CON TARJETA ROJA DIRECTA.
ARTICULO Nº19: DE COMPROBARSE QUE ENTRE EL ARBITRO Y LOS DELEGADOS, DURANTE EL DESARROLLO DE UNA JORNADA, HUBIERA EXISTIDO CONTUBERNIO PARA CUBRIR HECHOS QUE PUDIERAN GENERAR SANCIONES GRAVES PARA ALGUNA O AMBAS INSTITUCIONES; LA SANCION PODRA LLEGAR A AFECTAR TANTO A LAS INSTITUCIONES INVOLUCRADAS COMO INCLUSIVE HASTA LA PERMANENCIA DE LA LIGA DE ARBITROS DE ESTA LIGA, PUDIENDO LAS INSTITUCIONES INVOLUCRADAS, TENER UNA SANCION SEVERA EN DONDE SE INVOLUCRE UNA QUITA IMPORTANTE DE PUNTOS DE LA CATEGORIA Y DE LA GENERAL.
ARTICULO Nº20: LOS ARBITROS DEBERAN CUMPLIR A) PUNTUALIDAD, B) CORRECTAMENTE VESTIDOS, C) CONOCIMIENTO DEL REGLAMENTO EN SU TOTALIDAD, D) CORRECTO TRATO CON LOS JUGADORES, E) VERIFICAR USO DE CANILLERAS EN TODOS LOS JUGADORES, E) JUGAR EL TIEMPO QUE CORRESPONDE EN CADA PARTIDO,
EL NO CUMPLIMIENTO DE LOS PUNTOS HARA PASIBLE A LOS MISMOS DE LAS SANCIONES QUE DETERMINE EL T.D.
ARTICULO Nº21: SE ESTABLECE QUE LA LEY DE VENTAJA QUEDA A SU APLICACIÓN A CRITERIO DEL ARBITRO.
ARTICULO Nº22: EN CASO DE AUSENCIA DEL ARBITRO LOS CLUBES DEBERAN COMUNICARSE CON EL COODINADOR DE ARBITROS EL CUAL RESOLVERA LA SITUACION.